¿Es posible deducir un vehículo en un Régimen de Incorporación Fiscal?

Oct 10, 2020

Hablar sobre la deducción de automóviles para las personas inscritas a un Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) sin duda es un tema complejo pues se trata de un régimen de reciente creación.

La reciente creación del RIF, en comparación con los demás regímenes en México, deja muchas puertas abiertas a la interpretación a lo dictado por la Ley. En este artículo nos basamos a lo publicado hasta octubre 2020 en la Ley de Impuestos Sobre la Renta (LISR) sobre la deducción de automóviles en el RIF.

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¿Qué es el Régimen de Incorporación Fiscal?
Se trata de un régimen fiscal donde se engloban todos las personas físicas que desarrollan una actividad empresarial que vendan o presten un servicio al público en general y los cuales no requieren un título profesional y no tengan ingresos superiores a los 2 millones de pesos.

Entró en vigor el 1 de enero de 2014 en sustitución del Régimen de Pequeños Contribuyentes (Repecos). Busca incentivar la participación tributaria así como la educación financiera de la población económicamente activa.

Beneficios del Régimen de Incorporación Fiscal
Algunos de los beneficios más claros del Régimen de Incorporación Fiscal son los siguientes:

  • Reducción del pago del ISR.
  • Reducción en el pago del IVA y IEPS.
  • Acceso a servicios de salud y prestaciones sociales para ti y tus empleados.
  • Descuentos en cuotas de seguridad social.
  • Acceso a créditos Infonavit.
  • Acceso a créditos de Nacional Financiera.

¿Qué puedo deducir en el RIF?

En el marco legal establecido en los artículos 111 al 113 de la Ley de Impuestos Sobre la Renta, se establecen los conceptos deducibles para el Régimen de Incorporación Fiscal:

  • Los pagos y erogaciones realizadas estrictamente para la realización de su actividad económica.
    • Por ejemplo, la renta de locales, vehículos, pagos de servicios como agua, luz, telefonía, Internet, gasolina.
  • Los pagos y erogaciones efectivamente realizadas para la adquisición de activos.
    • Por ejemplo la compra de vehículos, maquinaria, equipo de oficina etc.
  • La participación de los trabajadores en las utilidades de la empresa durante el bimestre de fiscal.
  • La diferencia entre las deducciones y los ingresos en caso de que los primeros sean mayores.

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¿Cuánto se puede deducir en automóvil en el RIF?

La posibilidad de deducir un automóvil dentro del Régimen de Incorporación Fiscal se establece en la Ley de Impuestos Sobre la Renta en el artículo 111 el cual dicta:

...deducirán las erogaciones efectivamente realizadas en el ejercicio para la adquisición de activos fijos, gastos o cargos diferidos.

Por lo tanto la inversión en la adquisición de un auto se considera un gasto deducible sin importar la forma de adquirirlo; ya sea de contado, financiamiento y arrendamiento.

En este último caso debemos recordar que la Ley considera las rentas mensuales del arrendamiento como un gasto siempre que el vehículo se utilice para realizar la actividad económica.

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¿Es posible deducir el 100% del valor del auto en RIF?

Aquí es donde se da cabida a las interpretaciones de la Ley y se vuelve un poco complicado afirmar a ciencia cierta los montos a deducir.

En los demás regímenes fiscales como persona moral o física con actividad empresarial, son claros los topes de deducción en inversiones en automóviles.

Las inversiones en automóviles sólo serán deducibles hasta por un monto de $175,000. Tratándose de inversiones realizadas en automóviles cuya propulsión sea a través de baterías eléctricas recargables, así como los automóviles eléctricos… serán deducibles hasta por un monto de $250,000.

En el caso del Régimen de Incorporación Fiscal (RIF), no sucede lo mismo pues no existe una disposición indicando de forma clara que estos límites también se apliquen al RIF.

Además, debemos recordar que el Régimen de Incorporación Fiscal realiza su declaración de forma bimestral por lo cual ofrece la posibilidad de deducir el 100% del valor del auto si se compra de contado.

Incluso si la adquisición del vehículo se realiza mediante un financiamiento es posible superar los topes de deducción en automóviles ($175,000 y $250,000) si se realiza el pago de un enganche superior a estos montos.

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¿Qué sucede en un arrendamiento?
En un arrendamiento automotriz también tenemos la posibilidad de realizar un pago inicial muy alto superior a los topes de deducción. Sin embargo, aún cuando no se realice, si contratamos un arrendamiento automotriz y estamos bajo el Régimen de Incorporación Fiscal, no existe disposición que impida deducir el 100% del valor del auto.

Es decir, cada bimestre podemos deducir las rentas del automóvil durante todo el plazo del arrendamiento, con lo cual deducimos el valor total del vehículo.

Requisitos para deducir un auto en RIF

Las personas bajo un Régimen de Incorporación Fiscal deben realizar su declaración ante el Sistema de Administración Tributaria (SAT) de forma bimestral. Tendrán un periodo a partir del 17 hasta el último día de cada mes fiscal para realizarla.

Los requisitos que deberán cumplir son:

  • Deben contar con factura de los pagos y erogaciones.
  • En caso de que los pagos y erogaciones, superen los $5,000 pesos, se deberá realizar por medio de tarjeta de crédito, débito o cheque.
    • En el caso de los gastos por combustible, se deberá hacer el pago por medio de tarjeta de crédito, débito o cheque a partir de montos de $2,000 pesos.
  • Los gastos deben ser estrictamente para realizar la actividad económica.

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Ahí lo tienes, toda la información existente sobre la deducción de automóviles en el Régimen de Incorporación Fiscal. Si tienes dudas o comentarios, déjanos un mensaje más abajo y te responderemos lo antes posible.

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