¿Cómo saber si debo hacer mi declaración anual?

Jun 29, 2020

Por: Equipo Editorial Resuelve

Si recién te estás incorporando al sistema laboral y ya te asaltaron las dudas de cuándo sí y cuando no debes reportarle al Sistema de Administración Tributaria, alias SAT, este artículo te permitirá aclarar tus dudas. Te diremos quiénes están obligados a presentar su declaración anual y cómo deben hacerlo.

La declaración anual es un reporte en el que detallamos todos los ingresos y gastos que como contribuyentes hemos tenido durante el ejercicio fiscal; esto permite que el SAT pueda recaudar el impuesto sobre la renta (ISR) y revisar si deben devolverte dinero.

El impuesto de ISR aplica a todas las formas de ingresos (menos herencias o donaciones) por lo que la gran mayoría de quienes perciben un ingreso deberán pagarlo.

Para saber si debes o no presentar tu declaración anual, lo primero es conocer en qué tipo de régimen de incorporación estás, pues cada uno tiene distintas normas y obligaciones a las que están sujetos. ¿Eres persona moral o física?

¿Quienes están obligados a presentar declaración anual?


Entre las personas físicas, quienes están obligados a presentar su declaración anual son:

  • Asalariados: siempre y cuando tus ingresos sean mayores $400,000 pesos en un año o hayas tenido más de un patrón en el mismo año. Así como quienes prestaron servicios a embajadas u organismos internacionales; hayan recibido ingresos acumulables (como honorarios, arrendamiento, actividades empresariales, etc.) además del salario; o ingresos por jubilación, pensión, liquidación o indemnización.

    Si eres asalariado y tu patrón te entrega recibos CFDI de nómina por el total de tu salario, entonces no deberás de presentar tu declaración anual, incluso si rebasas los $400,000 mil pesos.

  • Personas con honorarios: si prestaste servicios profesionales independientes y emitiste comprobante por concepto de honorarios, deberás presentar tu declaración.

  • Arrendatarios de inmuebles: por el hecho de rentar algún bien inmueble para su uso.

  • Régimen de actividades empresariales: quien realiza actividades comerciales, industriales, agrícolas, ganaderas de pesca o silvícolas; incluso si estás bajo régimen de incorporación fiscal y realizas pagos provisionales bimestrales.

  • Quienes hayan realizado la compra o venta de un inmueble durante el año fiscal.

En cuanto a las personas morales, sólo el régimen general debe presentar su declaración anual; es decir las sociedades con fines lucrativos como las mercantiles, civiles, arrendadoras financieras, instituciones de crédito, seguros y fianzas, organismos con facultades autónomas que comercialicen bienes o servicios, entre otras.

¿Cómo hacer la declaración de impuestos?


Cuando realizas tu declaración anual debes incluir los ingresos que percibiste, las deducciones personales a las que puedas acceder de acuerdo a tu régimen fiscal, los pagos provisionales que hayas recibido y las retenciones que te han realizado durante el período a declarar.

Para que este proceso sea más sencillo te recomendamos que durante el año fiscal:

  • Anotes todos los ingresos y gastos que realizaste mes a mes.
  • Utilices una tarjeta de crédito o débito para hacer las deducciones.
  • Solicites factura de todas las compras gastos que realices.
  • Presentes puntualmente tus pagos mensuales.

Si eres persona física…

Tienes hasta el mes de abril para programar una cita o bien hacerlo a través de la página web del SAT ingresando tu RFC y contraseña. En el sitio deberás dar clic en “Presentar declaración” y llenar todos los datos que te pide el sistema. Al momento de presentar tu declaración anual te dará dos opciones: declaración manual o propuesta.

En la opción de declaración propuesta el sistema te arroja todas las facturas a tu nombre que han sido declaradas, puedes elegir aquellas en las que no estés de acuerdo y eliminarlas de tu propuesta. Sé cuidadoso y revisa bien cuáles quieres agregar o eliminar.

Si seleccionas la opción de declaración manual, deberás llenar manualmente todas las retenciones y facturas electrónicas que quieras deducir.

Cuando completes este proceso sólo deberás dar clic en “Enviar declaración”, después de firmar con tu e.firma recibirás un acuse de recibo de que has presentado tu declaración.

Si eres persona moral…

Como persona moral tienes hasta el mes de marzo para presentar tu declaración anual en las oficina del SAT o en su página web. Deberás tener los siguientes documentos:

  • Balance general o estado de posición financiera al cierre del ejercicio fiscal.
  • El estado de resultados.
  • Pagos y declaraciones provisionales, mensuales y definitivos.
  • Documentos que acrediten los pagos provisionales del ISR
  • Documentos que acrediten los pagos mensuales de IVA.

Necesitarás tu RFC y e.firma para poder acceder y subir todos estos documentos, cuando termines se imprimirá un acuse de que realizaste tu declaración anual.

En cualquiera de los dos casos es importante que consideres que, aun cuando no hayas recibido ningún ingreso durante todo el año fiscal deberás presentar tu declaración informando tu situación en ceros.

Ahora que sabes cómo realizar tu declaración anual, procura hacerlo en tiempo y forma así podrás mantener en orden tu situación fiscal y evitarte multas de hasta $35 mil pesos, incluso podrías salir beneficiado y obtener saldo a tu favor al terminar el año fiscal.