Las 10 preguntas más comunes sobre el pago de la tenencia vehicular

Son muchas las dudas que surgen en torno al pago de la tenencia vehicular, no siempre la información está disponible y existen muchos rumores. Es por eso que nos dimos a la tarea de reunir las 10 preguntas más comunes que se hacen sobre este tema.

Nos basamos en la Ley del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos vigente, para responder a estas dudas.

Si tienes alguna pregunta que no se responda aquí, no dudes en dejarnos un mensaje en los comentarios y con gusto le daremos respuesta.

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¿Cada cuándo se paga la tenencia vehicular?

La tenencia se paga de forma anual para todos los vehículos. Autos particulares, camiones, tractores, motocicletas.

Se cobra los primeros tres meses de cada año, aunque sí es posible pagar la tenencia pasando este periodo, sólo que con un recargo y sin ningún tipo de subsidio.

¿Cuál es el costo de la tenencia vehicular?

El costo de la verificación vehicular se calcula tomando en cuenta el modelo, marca, antigüedad, precio y versión del auto.

Cabe mencionar que los autos fabricados hace más de 10 años, están exentos de este pago.

¿Cuál es la diferencia entre tenencia y refrendo?

Los estados que tienen como requisito el pago de la tenencia vehicular, ofrecen la oportunidad de exentar este impuesto si se cumplen ciertos requisitos, entre ellos, el pago del refrendo vehicular.

En el caso de la Ciudad de México y el Estado de México, el costo del refrendo es de $477 pesos.

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¿Cómo exentar el pago de la tenencia?

Cada estado pone ciertas condiciones para exentar el pago de la tenencia vehicular. Generalmente son los siguientes:  

  • Pagar el refrendo vehicular.
  • No tener infracciones ni multas.
  • Realizar y aprobar la verificación vehicular del periodo correspondiente.
  • Que el auto no exceda el valor máximo impuesto por cada estado.

Todo estos trámites y condiciones se deben realizar antes del 31 de

marzo del año en curso.

¿En qué estados no se cobra tenencia?

Muchos estados buscan derogar el pago de la tenencia vehicular, sin

embargo pocos han logrado derogarla en su totalidad. Los estados que no

cobran tenencia son:

  • Baja California Sur
  • Chiapas
  • Chihuahua
  • Guanajuato
  • Jalisco
  • Michoacán
  • Morelos
  • Querétaro
  • Quintana Roo
  • San Luís Potosí
  • Sinaloa
  • Sonora

¿Dónde se paga la tenencia vehicular?

En cada estado se puede realizar el pago de la tenencia vehicular en la tesorería local. También ponen a disposición el formato para pagar la tenencia por Internet. Con este documento se puede acudir a bancos e inclusive a tiendas de auto servicio a realizar el pago.

Puedes entrar al sitio de la secretaría de finanzas de tu estado para verificar que tu pago se haya realizado.

¿Qué pasa si perdí mi comprobante del pago de tenencia de años anteriores?

Si perdiste el comprobante de pago de años anteriores, lo que debes hacer es acudir a la tesorería de tu estado, para realizar la reposición. Es un trámite sencillo y se realiza un cobro mínimo.

En el caso de la Ciudad de México lo puedes hacer por Internet a través de la página de finanzas de la Ciudad de México.

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¿Qué pasa con los autos nuevos?

Los vehículos nuevos deberán de hacer el pago de la tenencia dentro de los siguientes 15 días, contados a partir de la adquisición del vehículo.

En la mayoría de los estados los vehículos nuevos, pueden exentar el pago de la tenencia vehicular si, dentro de este periodo, cumplen con los siguientes requisitos:

  • Realizar el trámite de placas
  • Tramitar la Tarjeta de Circulación y engomado
  • El valor del auto no exceda el límite máximo incluyendo IVA.

¿Cuál es la multa por no pagar la tenencia?

No existe una multa específica por no pagar la tenencia. Sin embargo, si no cubres este impuesto en la plazo determinado, tendrás que pagar el costo completo de la tenencia, así como un recargo.

También es importante mencionar que de no pagar tu tenencia, no podrás

realizar la verificación vehicular de tu auto en el siguiente periodo.

¿Qué vehículos están exentos del pago de la tenencia vehicular?

Sólo los vehículos, federales, estatales, municipales que presten brinden servicios públicos, de emergencia, rescate, limpia, servicios funerarios y diplomáticos, estarán exentos de pagar la tenencia vehicular.

Si aún tienes dudas sobre el pago de la tenencia en tu estado, te invito a leer:

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Imagen: Twitter